lunes, 27 de abril de 2009
Derechos humanos (I)
En resumen, la vigencia de los derechos humanos es el límite entre la civilización y la barbarie en nuestro tiempo. ¿Es consciente el ciudadano común sobre esto? Si bien no se puede generalizar, muchos desconocen su real significado y cuando alzan la voz en contra de su plena vigencia, en realidad no tienen mucha idea de lo que dicen. Se critica a los “jueces garantistas”, adjudicándole toda la culpa de la inseguridad y de la falta de justicia. ¿Qué es ser “garantista”? Las garantías están escritas en la Constitución Nacional. ¿Hay jueces dispuestos a apartarse de ella? Un juez “no garantista” sería uno que no respeta los derechos fundamentales consagrados en nuestra ley fundamental.
A menos que querramos vivir en un estado de sitio permanente, deberíamos comenzar por comprender nuestras leyes y reclamar a los poderes públicos que se tomen las medidas que corresponden para lograr más seguridad sin convertirnos en un estado policial militarizado. Este blog pretende ser una ayuda. Ni más ni menos que eso.
miércoles, 22 de abril de 2009
Seguimos equivocando el camino
Como ya ha sucedido en casos similares, ahora desde el Poder Ejecutivo (el real y el ficticio, vale la aclaración) se buscan culpables que nunca incluyen su propia esfera de influencia y se envían o impulsan proyectos de ley muchas veces imperfectos o viciados por el apuro y la necesidad de triunfos políticos. Ya hace tiempo debió tratarse el tema del régimen penal de la minoridad, sin necesidad de que algún hecho delictivo resonante le dé impulso. Ahora seguramente se va a hacer alguna reforma al estilo “Blumberg”, cuyo paquete de leyes o reformas a las leyes penales entoces vigentes no sirvió más que para alterar la economía del Código Penal, llegando muchas veces a resultados absurdos.
¿Se logró disminuir el delito con tales reformas? Ni por asomo. Porque como he explicado en alguna nota anterior, el poder administra “para la tribuna” buscando resultados inmediatos, sobre todo electorales, y no en pos de la seguridad ciudadana y el mantenimiento de las instituciones. Basta ver los comentarios de la gente al pie de los artículos periodísticos que reflejan el tema. La mayoría de ellos dejan ver un escaso apego por la división de poderes, el estilo democrático de vida y…¡horror! el derecho penal liberal que heredamos de nuestros próceres desde la misma Constitución Nacional.
¿Cómo proceder entonces? En primer lugar, emprender una política criminal correcta para disminuir el delito, sacando definitivamente de circulación las armas ilegales y juzgando a los responsables de su tenencia o portación. El chico que mató a Capristo no compró en ninguna armería la pistola semiautomática que portaba, y que seguramente de no haber sido incautada por la autoridad policial, hubiera servido para cometer otros hechos tan repudiables como el crimen que se le imputa. En segundo lugar, instruir a la población sobre las medidas de seguridad a adoptar, y cómo debe colaborar para llegar a un buen resultado. Lamentablemente, muchos años de desidia, corrupción y mal funcionamiento de la administración hicieron que la gente deje de creer en la Justicia, en sus auxiliares o en las fuerzas de seguridad, para inclinarse por soluciones autoritarias donde no hay más ley que la voluntad de cada uno según su interés particular. Esto es lo que hay que corregir si pretendemos seguir viviendo en libertad y con las instituciones democráticas y liberales funcionando a pleno.
viernes, 17 de abril de 2009
¿Qué hacemos con los menores?
No hay en la actualidad razones valederas para establecer la inimputabilidad a priori de los menores que hayan cumplido 14 años; si al momento del hecho que se le imputa no pudo comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones, es algo que debe ser probado en proceso penal con todas las garantías, así como sucede con cualquier hijo de vecino mayor de edad. Lo que se necesita es una nueva ley que establezca no sólo un quántum especial para las penas (podría aplicarse una fórmula general, sin caer en la sobreabundancia legislativa con un “código de menores”) en concordancia con la ley 26.061 que incorpora a nuestro derecho la Convención Sobre los Derechos del Niño, y también que establezca pautas para la implementación de medidas de seguridad adecuadas a la misma legislación (los menores en ningún caso pueden recibir penas de encierro en los mismos establecimientos que los mayores). Desde este blog me permito proponer que, al mismo tiempo, se vuelva al viejo sistema del Código Penal incorporando un inciso en el art.34 que determine la inimputabilidad de los menores que no hayan cumplido los 14 años, cosa que puede hacerse en la misma ley que establezca el régimen nuevo para el resto de los menores.
Pero esto es sólo una parte del problema. La gente se queja por la inseguridad, o empleando un concepto más preciso, por la reiteración de delitos violentos contra las personas. Y reclaman penas más severas, incluyendo la de muerte, que no puede ser reimplantada en nuestra legislación. Vieja costumbre argentina ésta de poner el carro delante de los caballos. Que esto lo diga la gente común, que no tiene formación técnica en la materia y nadie se preocupa por explicar bien de qué se trata, me parece lógico. Pero que lo hagan ciertos funcionarios, que deberían exhibir cierta idoneidad para proponer e instrumentar soluciones adecuadas a la gravedad del asunto, me parece repudiable.
No se puede combatir el delito blandiendo el Código Penal. El que delinque debe ser juzgado en el menor tiempo posible y condenado acorde al hecho que le sea imputable y por el cual tenga culpabilidad. Pero mientras alguien (menor o no) que mató a mi vecino vaya a prisión, puede venir otro (menor o no) y me mate a mí. Y así otro, y otro.
¿No es hora de que alguien se dé cuenta que es la prevención primaria la que debe aplicarse para enfrentar el problema? Ni los chicos ni los grandes cometen los delitos usando cortaplumas o bates de béisbol. Todos usan armas de fuego, en algunos casos más letales aún que las que usan las fuerzas de seguridad. Entonces, si todos (o muchos, no quiero generalizar) saben dónde están esas armas, dónde se ocultan, dónde están los lugares “pesados” que son verdaderos arsenales clandestinos…¿Por qué no se da la orden de allanarlos para secuestrar las armas de fuego en poder de quienes no tienen ningún tipo de autorización para poseerlas, portarlas y menos usarlas? En este artículo de prensa (click aquí para verlo) se puede apreciar la efectividad que suelen tener este tipo de operativos. Allí dice que se secuestraron “gran cantidad de armas”. Claro, si éstas después no regresan al mercado negro por obra de algún “distraído”, se habrán evitado una enorme cantidad de hechos delictivos. Porque para cazar patos no tienen esas armas…¿A Ud.qué le parece?
Pero claro…los funcionarios trabajan “para la tribuna” discutiendo cómo aplicar penas más graves sin tener en cuenta que lo que hay que hacer es evitar más muertes, no pensar en combatir la inseguridad sobre los cadáveres de más víctimas. Así sólo se consigue agravar el problema.
miércoles, 15 de abril de 2009
¿Sistema presidencialista o parlamentario?
En los últimos días el ministro de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni reflotó la discusión: ¿Debe Argentina insistir con el sistema presidencialista de gobierno o reformar la Constitución para pasar a un modelo parlamentario? Uno se tienta a pensar que sí, dados todos los inconvenientes que el exagerado presidencialismo ha traído aparejados en nuestro país. Pero la cuestión no es sencilla. Ambos sistemas tienen defectos y virtudes, y es preciso estudiar muy bien el problema para no defenestrar un sistema imperfecto con mucho arraigo en la sociedad y reemplazarlo con otro supuestamente mejor pero sin sustento ni experiencia regional (con excepción de Canadá, las Antillas y Guyana, en todo el continente americano está vigente el presidencialismo).
Veamos cuáles son, según las opiniones más corrientes, las ventajas de uno y otro. Se dice que el presidencialismo provee una clara separación de funciones entre el poder ejecutivo y el legislativo. Esto en teoría, porque resulta evidente que en nuestro país esta separación suele ser bastante borrosa y confusa. Otra, que en este modelo no hay vínculo entre el poder ejecutivo y el partido mayoritario en el Congreso; también aquí es fácil observar cómo esta regla no se presenta en la realidad, al punto que el actual gobierno ha dado a entender que le resultaría imposible gobernar sin tener una mayoría parlamentaria que satisfaga todos sus intereses de inmediato.
El modelo parlamentario, en cambio, promueve una mayor representación del conjunto social, dado que las decisiones se adoptan por consenso entre las diferentes facciones políticas representadas en el Congreso. Tiene una mayor capacidad de respuesta frente a una crisis de gobierno gracias a la llamada “moción de censura”, procedimiento mediante el cual se puede sustituir al jefe de gobierno o primer ministro sin que esto genere un caos, como puede observarse en muchos países europeos.
Alberdi, pese a su visión eurocéntrica en otros aspectos, impulsó el modelo presidencialista tomándolo de la constitución de los Estados Unidos, tal como lo explica en las Bases. Y la reforma de 1994, atento a lo declarado en la ley 24.309 de necesidad de reforma, incluyó la “atenuación del sistema presidencialista”, incorporando al Jefe de Gabinete de Ministros, un funcionario nombrado por el presidente (en los regímenes parlamentarios el primer ministro, función equivalente, es nombrado por el Parlamento) pero con responsabilidad política ante el Congreso, que puede removerlo mediante un voto de censura. Este debe concurrir al recinto al menos una vez por mes para informar sobre la marcha del gobierno. ¿Alguien recuerda cuántas veces estuvo allí el actual Jefe de Gabinete? ¿Alguien imagina a este funcionario siendo removido por una moción de censura? Bueno, a juzgar por su protagonismo en los últimos meses, parece que ya lo hubieran hecho…
Todo parece muy auspicioso, pero para intentar una reforma integral del sistema al menos deberíamos cumplir cabalmente con este modelo híbrido que supimos conseguir.
lunes, 13 de abril de 2009
¿Qué es la “gobernabilidad”?
Luego de la propuesta de adelantar las elecciones legislativas, finalmente confirmada por vía parlamentaria, el ex presidente en funciones (Nelson Castro dixit) Néstor Kirchner adujo motivos de preservar la gobernabilidad para justificar tal decisión. Ahora, su fiel escudero Daniel Scioli, quien parece decidido a aceptar su candidatura “testimonial” a legislador, dice estar preocupado por la misma gobernabilidad. Pero, ¿a qué aluden con esta gobernabilidad? Porque repasando un poco el concepto concluimos que se trata de la calidad de gobernable que posee un ente, en el caso nos interesa el ente “nación”. Entonces, ¿Por qué dejaría de ser gobernable nuestra nación? ¿Acaso lo es ahora? El motivo elegido ante la consulta es la crisis internacional. Fantástico. Aquella crisis que, según declaraciones recientes de la presidente, no nos iba a afectar en la medida que no haría falta un “plan B”, ahora vemos que no genera crisis de gobernabilidad en ningún país del mundo salvo en el nuestro.
El gobierno argentino se aparta evidentemente del concepto clásico, pudiéndose inferir que “gobernabilidad” es para ellos la posibilidad concreta de administrar la nación al estilo “K”, es decir, con un parlamento adicto, gobiernos de provincia adictos (cuando no sometidos) y la permanente consigna “nosotros o el caos”. No es necesario analizar mucho el tema para darse cuenta de que una derrota del oficialismo dejaría las cosas mucho peor que antes, al menos desde su propio punto de vista. Pero en la particular visión de Kirchner una derrota no está entre lo previsible. Ni siquiera ante evidentes cifras desfavorables lo estará, porque ya habrá un argumento para sostener que hubo una victoria donde en realidad no la hubo. Por eso tanto interés en capturar al electorado bonaerense, sobre todo del segundo cordón del conurbano, en apariencia zona cautiva del peronismo más ortodoxo y clientelar. Aunque el resto del país sea un desastre, un eventual triunfo en esa zona se presentará como la ratificación del rumbo, del “proyecto” (del cual nunca se supo en qué consiste, pero tampoco importa mucho siempre que se cante la “marchita” y se exhiban los íconos litúrgicos de rigor).
Una buena parte de la sociedad reclama una vuelta a las fuentes, a la Constitución en su máxima pureza, a la plena institucionalidad. La reivindicación póstuma del ex presidente Raúl Alfonsín tuvo ese significado. Hagamos votos para que no quede solamente en una buena intención.